Mc Louis Glamys 226

Temporada reducida - 100€
Lunes a jueves de Octubre a Mayo excepto puentes y Semana santa.

Temporada baja - 120€
Fines de semana de Octubre a Mayo excepto puentes y Semana santa.

Temporada media - 140€
Junio y Septiembre.

Temporada alta - 150€
Semana santa, puentes y Julio.

Especial - 165€
Agosto.

* Los precios no son definitivos, estos podrían sufrir modificaciones dependiendo de la demanda.

Puntos fuertes

Chasis
  • Aire acondicionado
  • Doble Airbag
  • ESC
  • Control Cruise
  • Parachoques en blanco
  • Midi Heki delantero
  • Brazo TV
  • Ventana y papelera en la puerta de entrada de la vivienda
  • Fundas de asiento cabina
  • Puerta a dos puntos y cierre centralizado
  • Panel solar
  • Cámara trasera
  • Remis de cabina
  • Llantas aleación 16″
  • Suspensión ligera en compósito
  • Rejilla frontal negra
  • Skid plate negro
  • Marco interior luces delanteras en negro
  • Traction plus
  • Faros antiniebla con función de giro
  • Isofix
  • Carrocería y cara inferior del suelo de poliéster
  • Paredes y techo imputrescibles (sin listones madera)
  • Claraboya salón 70×50 cm
  • Ventanas doble vidrio Dometic D-Lux
  • Parachoques trasero con pilotos LED
  • Nueva decoración exterior
  • Toma 230 V / 12 V en el garaje
  • Cerraduras portones tipo automoción

*Al menos una semana antes de la salida se ha de efectuar el pago mediante transferencia del
depósito de 900€ que corresponden a la franquicia del seguro a todo riesgo.

  • Carrocería y cara inferior del suelo de poliéster
  • Paredes y techo imputrescibles (sin listones madera)
  • Claraboya salón 70×50 cm
  • Ventanas doble vidrio Dometic D-Lux
  • Parachoques trasero con pilotos LED
  • Nueva decoración exterior
  • Toma 230 V / 12 V en el garaje
  • Cerraduras portones tipo automoción

* Número máximo de plazas con opcional.

*** Los pesos remolcables máximos son:
• Fiat/Peugeot 3500 kg: 2000 kg
• Fiat > 3500 kg: 1750 kg

Todos los datos técnicos incluidos en este catálogo, tanto el texto como las fotografías pueden verse modificados en cualquier momento y sin previo aviso debido a los avances técnicos. Las autocaravanas fotografiadas en este catálogo pueden mostrar accesorios, equipamiento y packs opcionales no incluidos de serie. Los elementos de decoración no están incluidos.

Las características técnicas y disponibilidad de modelos pueden variar dependiendo el país donde se comercialice el vehículo, por eso siempre recomendamos dirigirse al distribuidor McLouis más cercano para contar con la información más actualizada. McLouis no es responsable de las modificaciones que puedan realizar sus proveedores, ni por los errores tipográficos que se den en la edición de este catálogo. Documento no contractual. Toda reproducción del texto incluido en este catálogo, total o parcial, está completamente prohibida.

La masa de los accesorios y equipamiento opcional reducirán la carga útil del vehículo y, eventualmente, podrá llevar a una disminución del número real de pasajeros durante la conducción. Por lo tanto, se debe garantizar que con el vehículo completamente cargado no se superen la masa máxima de carga por eje ni la masa de carga técnicamente admisible. En algunos casos, además, puede incluso conllevar una reducción del número de plazas en el permiso de circulación. Es responsabilidad del cliente preguntar al distribuidor McLouis e informarse adecuadamente.

Masa en Orden de Marcha: Incluye el peso del conductor (75 kg), una reserva máxima de agua, el 90% de combustible y el 100% de gas. Esta masa se calcula únicamente con el equipamiento de serie.

Carga Útil: La adición de accesorios y equipamientos opcionales reducirá la carga útil del vehículo y puede afectar el número de pasajeros permitido durante la conducción. Es crucial no superar la masa máxima de carga por eje ni la masa de carga técnicamente admisible.

Depósito de Agua: La capacidad homologada del depósito de agua limpia es de 1 litro para cumplir con la reglamentación sobre la masa de carga en circulación. Se recomienda ajustar la carga y el número de personas a bordo según la capacidad útil del vehículo.

Modificaciones Técnicas: Los datos técnicos y las especificaciones pueden ser modificados sin previo aviso debido a avances tecnológicos. Las autocaravanas fotografiadas pueden mostrar equipamientos y accesorios opcionales no incluidos de serie.

Responsabilidad del Usuario: Es responsabilidad del cliente informarse adecuadamente sobre las especificaciones y las posibles modificaciones contactando al distribuidor McLouis más cercano.

Nuestra red de distribuidores está a su servicio para resolver cualquier consulta o información adicional.

Las fotografías de nuestros vehículos en espacios naturales y urbanos han sido tomadas en entornos controlados y por profesionales. Desde BENIMAR instamos a cumplir siempre las Ley, las normas de Seguridad Vial y a respetar el Medio Ambiente.

Ancho

235 cm

Alto

320 cm

Largo

699 cm

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También puedes reservar por teléfono

Incluido con tu alquiler

Seguro a todo riesgo

Seguro a todo riesgo con franquicia de 900€.​

Bombona de gas

Con la entrega del vehículo recibirás una bombona llena de 11 kg.

Menaje de cocina

Las autocaravanas incluyen menaje de cocina básico.

Productos de limpieza

Un kit de productos de limpieza antibacterianas.

Limpieza interior

Limpieza interior incluida en el precio.

Atención 24 horas

Recibe nuestra atención antes, durante y después de tu viaje.

Condiciones generales

Únicamente son válidas las siguientes Condiciones Comerciales Generales de alquiler. No se admitirán aquellas condiciones del arrendatario que difieran o sean contrarias a las Condiciones Comerciales Generales del Arrendador. Éstas últimas también serán válidas cuando el arrendador alquile sin reserva la autocaravana al arrendatario, aun conociendo las condiciones divergentes del arrendatario.

Ámbito de aplicación, contenido del contrato y derecho aplicable.

1.1 El objeto del contrato formalizado con el arrendatario es únicamente la entrega en régimen de alquiler de la autocaravana.


1.2 En caso de reserva, entre el arrendatario y el arrendador se formalizará un contrato de alquiler regido exclusivamente por el derecho español. El arrendatario organizará él mismo su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada. Queda excluida la prolongación tácita del contrato de alquiler por un período indeterminado debido a un uso continuado.


1.3 Todos los acuerdos entre el arrendador y el arrendatario se realizarán por escrito.

2.1 El arrendatario y cada uno de los conductores deberán tener como mínimo 25 años y estar en posesión de un permiso de conducción clase B1 con más de cinco años de antigüedad o el permiso nacional equivalente correspondiente. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional. Para poder entregar la autocaravana es absolutamente necesario que el arrendatario y/o el/los conductor/es presenten el carné de conducir y el pasaporte/documento nacional de identidad válido en el momento que se realiza la reserva. En caso de que la entrega se demore por no presentar estos documentos, dicho retraso deberá ser asumido por el arrendatario.

2.2 Si en el momento de la entrega de la autocaravana alquilada no se dispone del permiso de conducir, de la antigüedad y edad mínima requerida que se corresponda con el vehículo alquilado, se considerará que no se ha  recogido la autocaravana; en este caso se aplicarán las condiciones de anulación pertinentes (véase apdo.4.2).

2.3 Tan solo podrán conducir el vehículo el arrendatario y los conductores adicionales que se hayan registrado en el contrato de alquiler.

3.1 Los precios de alquiler, se derivan de la lista de precios del arrendador en vigor en el momento de formalizar el contrato. Por cada alquiler se cobrará un importe fijo y único por los servicios prestados, cuya cuantía también se  puede consultar en la lista de precios del arrendador vigente en el momento de formalizar el contrato.

3.2 Los precios de los diferentes alquileres incluyen 200kms/día, los cuales podrían varíar en función del número de días alquilado y/o de lo acordado entre las partes. Dicho acuerdo quedará siempre reflejado en el contrato de alquiler.

3.3 Existe un alquiler mínimo que varía en duración en función de la temporada establecida. Las fechas concretas quedan reflejadas en la lista de precios.

3.4 Los correspondientes precios de alquiler incluyen: IVA, kilometraje correspondiente, seguro a todo riesgo con franquicia según la correspondiente cobertura del seguro (véase más abajo apdo. 11).

3.5 El período de alquiler empieza con la recogida de la autocaravana por parte del arrendatario en el lugar acordado entre las partes y finaliza con la recogida del vehículo por parte del arrendador también en el lugar acordado.

3.6 Si no se devuelve la autocaravana una vez transcurrido el tiempo acordado por escrito, el arrendador cobrará por cada día de retraso el importe estipulado en la lista de precios vigente multiplicado por tres. El arrendatario asumirá los gastos derivados del hecho de que otro arrendatario u otra persona haga valer sus derechos frente al arrendador, debido a un retraso en la entrega del vehículo, imputable al arrendatario.

3.7 En caso de devolver el vehículo antes de que transcurra el período de alquiler contratado, se deberá igualmente pagar el precio íntegro de alquiler acordado contractualmente.

3.8 La autocaravana se entrega con los depósitos de combustible llenos y así deben devolverse. En caso contrario, el arrendador cobrará por el combustible necesario el importe hasta su completo llenado, más una penalización de 30€ por gastos de gestión. El arrendatario correrá con los gastos de carburante y funcionamiento durante el período de alquiler.

3.9 Para recoger el vehículo en un lugar fuera de la ciudad de Granada, se requerirá un acuerdo especial con el arrendador y el pago del importe correspondiente a este servicio que se pactará antes de la recogida de la autocaravana.

4.1 Las reservas sólo serán firmes tras el pago y la correspondiente confirmación del arrendador.


4.2 Esto también será válido cuando en la descripción del grupo de vehículos se indique a modo de ejemplo un modelo concreto. El arrendador se reserva el derecho de transferir el vehículo reservado por el cliente a uno de una gama igual o superior.


4.3 Para confirmar la reserva se deberá pagar un depósito de al menos el 30% del importe total del alquiler, como mínimo 300 €. Una vez recibido el pago, el arrendatario recibirá la confirmación de la reserva. A partir de este momento la reserva será firme para ambas partes. En caso de que el arrendatario no cumpla el plazo establecido en la oferta, la reserva dejará de ser firme para el arrendador. En caso de que el cliente rescinda la reserva firme, éste último deberá pagar las siguientes tasas de anulación calculadas a partir de la primera reserva confirmada: hasta 30 días antes del comienzo del alquiler se cobrará el 50% de la cantidad depositada. entre 30 y 16 días antes del inicio del alquiler, 80% de la cantidad depositada. menos de 15 días antes del inicio del alquiler, 100% de la cantidad depositada.

5.1 El precio de alquiler previsto en función de las fechas de reserva se deberá ingresar en la cuenta que el arrendador facilitará al arrendatario, a más tardar 30 días antes del inicio del alquiler.

5.2 Al menos dos días antes de la recogida del vehículo, el arrendatario deberá abonar la cantidad de 900 € en concepto de fianza y como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones de este contrato.

5.3 En caso de reservas a corto plazo (menos de 30 días antes de la fecha de alquiler), la fianza y el precio del alquiler vencerán de inmediato.

5.4 La fianza será devuelta después de ser examinado el vehículo por la empresa arrendadora, la cual en caso de desperfectos por mal uso peritará el importe que el cliente deberá abonar. Este importe será deducido de la fianza depositada, aceptando el arrendatario el pago de la diferencia si el coste de los desperfectos supera el valor de la fianza depositada. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 60 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia entre esta y el coste de los desperfectos. En caso de un siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo.

5.5 El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:
a. En el momento de la devolución del vehículo, el importe del kilometraje para aquellos alquileres en que no sea ilimitado o se supere el valor establecido, calculado según la tarifa en vigor.
b. Los cargos adicionales que se originen si el vehículo es dejado en algún otro sitio o ciudad, previamente acordado con el arrendador.
c. El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el arrendatario o arrendador, derivados del tiempo de vigencia de este contrato de alquiler, a no ser que se hayan originado por culpa del arrendador.
d. En el supuesto de que por culpa del arrendatario fuese el vehículo retenido, todos los gastos serán a su cargo, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
e. Gastos incurridos por el arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores) en la reclamación de las cantidades adeudadas por el arrendatario en virtud del presente contrato.
f. El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia (no incluye los efectos personales del arrendatario y acompañantes).
g. La cantidad de 100 € en el supuesto de que los depósitos del WC y/o aguas residuales no estén debidamente vacíos a la entrega.
h. Si se ha fumado en el interior de la autocaravana o se ha transportado algún animal de compañía sin la autorización previa, también se realizará un cargo adicional de 100 €.
5.6 Si el arrendatario se retrasa en los pagos, se aplicarán intereses por demora de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

6.1 Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que reciba del arrendador en el punto de entrega. Así mismo, se elaborará un acta de entrega en el que se describirá el estado del vehículo y que deberán firmar ambas partes. El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción del vehículo.

6.2 Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión final de la autocaravana junto con el arrendador. Se elaborará un acta de devolución, que deberán firmar el arrendador y el arrendatario. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en la revisión exhaustiva posterior al momento de devolver el vehículo, correrán a cargo del arrendatario.

6.3 Por norma general las entregas de los vehículos se efectuarán en fecha y hora acordada. El día de la entrega y la devolución sumarán juntos un día, siempre que en total no se superen las 24 horas o sólo si las superan por causas imputables al arrendador. Es posible acordar una extensión de los horarios, tanto para la recogida como para la entrega, tras el consiguiente acuerdo y prepago de la cantidad estipulada.

6.4 Si el cliente quiere prolongar el arrendamiento del vehículo sobre las fechas establecidas, deberá comunicarlo al arrendador con una antelación de 3 días a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a la disponibilidad que en ese momento tenga el vehículo. En los retrasos en la entrega no autorizados ni debidos a fuerza mayor, el arrendatario acepta el pago de 30€ por hora de exceso con respecto a la pactada.

6.5 En caso de que el arrendatario no devuelva el vehículo el día y hora acordado, pasadas las 4 horas de incumplimiento, el contrato queda finalizado y el arrendador realizará la correspondiente denuncia de robo, sustracción del vehículo, daños y perjuicios ante la Policía.

6.6 El arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo, en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo.

6.7 En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta la  valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el arrendador.

6.8 El vehículo se devolverá limpio interiormente y con los depósitos de aguas residuales y del WC vacíos. En caso contrario se cobrará un suplemento, de acuerdo con las tarifas establecidas para ello, en concepto de limpieza. El depósito de combustible deberá devolverse lleno. 6.9 El hecho de llenar el depósito de agua potable con diesel u otro combustible, o el depósito de diesel con agua u otro combustible, implicará una penalización de 600€.

7.1 El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Así mismo se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:

a. No permitir que lo conduzcan otras personas más que las que expresamente estén autorizadas.
b. No fumar en el interior del vehículo.
c. No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo.
d. No realquilar o transportar personas con fines comerciales y cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato.
e. No trasportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos o inflamables.
f. No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo y no auxiliar a delincuentes.
g. No cometer delitos, aunque estos sólo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos.
h. No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
i. No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo.
j. No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.
k. No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.
l. No circular fuera de los siguientes países, sin la autorización expresa del arrendador: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Croacia, Rep. Checa, Chipre, Dinamarca, Estonia, Rep. Eslovaca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza.
m. Queda expresamente prohibido viajar a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos bélicos.
n. Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y protegerlo del deterioro de las heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producirle daños de importancia.
o. Queda expresamente prohibido al arrendatario variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización escrita por parte del arrendador. En caso de infracción
de este artículo, el arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación.

7.2 El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente. Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar estado del vehículo, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos. El arrendatario se compromete a comprobar regularmente si la autocaravana de alquiler está en perfectas condiciones para circular con seguridad.

7.3 Está prohibido fumar en todos los vehículos. Se podrán llevar animales de compañía siempre que el arrendador haya dado su autorización expresa. Los gastos de limpieza, derivados de cualquier incumplimiento, correrán a cargo del arrendatario. Así mismo, éste último deberá asumir los gastos derivados de la ventilación o la eliminación del olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo.

7.4 En caso de comprobar que se han infringido las disposiciones de los anteriores apdos. 7.1., 7.2. y 7.3, el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler.

8.1 En caso de accidente, robo, incendio o daños causados por animales de caza, el arrendatario deberá informar inmediatamente a la policía, compañía de seguros y al arrendador. No se admitirán las pretensiones contrarias.

8.2 Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo indicado al arrendador. Se debe notificar inmediatamente a las autoridades el accidente. El parte de accidente se deberá remitir debidamente cumplimentado y firmado al arrendador. El documento deberá incluir el nombre y la dirección de las personas implicadas, sus datos del carné de conducir, los datos del contrario con el nombre de la Compañía Aseguradora y el número de póliza, los datos de los eventuales testigos, así como las matrículas de los vehículos afectados.

8.3 En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas. Quedarán sin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratadas.

8.4 Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá redactar para el arrendador un amplio informe por escrito junto con un boceto. Si el arrendatario no elabora el informe e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad.

8.5 No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo. Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora.

8.6 En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.

9.1 Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos no imputables al arrendador.


9.2 Al devolver el vehículo, el arrendatario deberá indicar por escrito al arrendador los defectos que haya detectado en la autocaravana o su equipamiento una vez iniciado el período de alquiler. Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios en caso de defectos indicados con posterioridad, a no ser que dicha pretensión esté motivada por un daño no evidente.

10.1 El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizarán las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor previa autorización del arrendador.

10.2 Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de Asistencia concertado por el arrendador y sólo con esta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis-motor, salvo autorización expresa del arrendador.

10.3 El arrendatario podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el período de alquiler y que no superen los 150€. Para ello, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador. Éste último asumirá los gastos de la reparación si se le hace entrega de los justificantes originales y de las piezas cambiadas, siempre que el arrendatario no responda del daño según el apdo. 11. Quedan excluidos de esta norma los daños que afecten a los neumáticos.

10.4 En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar sin demora al arrendador el desperfecto en cuestión y conceder un plazo razonable para su reparación. El arrendador no se responsabilizará de las condiciones específicas de cada país (p. ej. infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar la reparación.

10.5 En el caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.

10.6 En caso de que sin culpa alguna por parte del arrendatario, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador, si tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario en un plazo razonable un vehículo de repuesto equivalente en el número de plazas o superior, quedaría excluida una rescisión del contrato.

10.7 En caso de que siendo culpable el arrendatario, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el arrendador  podrá negarse a ofrecer un vehículo de recambio. En este caso queda excluida una rescisión del contrato por parte del arrendatario. Si el arrendador tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario un vehículo de recambio, podrá cobrarle al arrendatario los eventuales gastos derivados de ello.

11.1 Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el arrendador eximirá al arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de 600€, que deberá asumir el arrendatario.

11.2 El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento doloso.

11.3 La eximente de la responsabilidad indicada en el apdo 11.1, no tendrá efecto si el arrendatario omite alguna de las normas indicadas en todos los puntos del apartado 8.

11.4 La exención de responsabilidad del apdo. 11.1 no procederá en caso de que el arrendatario haya causado un daño de forma premeditada o negligente.

11.5 Asimismo, el arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso en los siguientes casos:

a. Si el arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente del país donde esté circulando.
b. Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el alcohol.
c. Si el arrendatario o el conductor, a quien el arrendatario le ha dejado el vehículo, huye en caso de accidente.
d. Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida en el apdo. 8, no avisa a la policía en caso de accidente.
e. Si el arrendatario infringe otras obligaciones del apdo. 8, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de este último.
f. Si los daños se deben a un uso prohibido en el apdo. 7.1.
g. Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida en el apdo. 7.2.
h. Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya dejado el vehículo.
i. Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, ancho, largo).
j. Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional.

11.6 El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se le reclamen al arrendador, excepto si se debe a causas imputables a este último.

11.7 En caso de haber más arrendatarios, éstos responderán en calidad de deudores solidarios.

12.1 El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.

12.2 Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución por parte del arrendador al arrendatario de la cantidad pagada en concepto de reserva.

12.3 El arrendador no asume ninguna responsabilidad ante el arrendatario, sobre el automóvil del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias del arrendador durante el período de alquiler de la autocaravana.

12.4 El arrendador responderá de forma ilimitada en caso de dolo y negligencia grave. Si se trata de una negligencia leve, el arrendador sólo responderá de forma limitada a los daños previsibles establecidos en el contrato, en la medida que se infrinja una obligación cuyo cumplimiento sea de especial importancia para alcanzar el objeto del contrato (obligación cardenal). Esta medida de responsabilidad también será válida en los casos en que surjan obstáculos para la prestación de servicios al formalizar el contrato.

12.5 Serán válidas las Condiciones Comerciales Generales expuestas en el centro de alquiler en el momento de iniciarse el período de alquiler.

En caso de litigios derivados o relacionados con el contrato de alquiler de la autocaravana, se acuerda que la jurisdicción sea la de los juzgados de Granada.